sábado, 16 de abril de 2011

BENJAMIN CONSTANT : "DE LA LIBERTAD DE LOS ANTIGUOS COMPARADA CON LA DE LOS MODERNOS"

 Contrario a las teorías que admiraban las antiguas sociedades libres como las de la Grecia Antigua. Su teoría de la libertad se basaba en la posesión y disfrute de los derechos civiles, del imperio de la ley y de la libertad en un sentido amplio, confrontada en este sentido a la actividad del Estado. Además, propuso la aplicación de un sistema de descentralización administrativa desde el estado a las entidades locales para aproximar la gestión a los ciudadanos beneficiarios y descargar la burocracia del modelo centralista.
Constant pronunció en París una conferencia que llegó a ser el manifiesto fundacional del liberalismo decimonónico. Se titulaba De la libertad de los antiguos comparada con la de los modernos. Para los antiguos, la libertad consistía en la participación directa en los asuntos de la república y en torno a ella se definía el (exclusivo) derecho a ser considerado ciudadano. Aquella libertad tenía como contrapunto la sumisión del individuo a la autoridad de la comunidad y la aceptación de la intromisión de ésta en sus actividades privadas.
La libertad de los modernos, por el contrario, consistía, en la independencia individual, garantizada por leyes que amparasen el desenvolvimiento autónomo de un ámbito privado construido en torno a derechos individuales, básicos e innegociables. Era el derecho de todos los individuos a su propia seguridad e intimidad; a no estar sometidos más que a las leyes; a poder ir y venir, opinar y reunirse sin pedir permiso; a elegir un oficio, ejercerlo y disfrutar de sus réditos; a observar el culto que cada uno prefiriese. El derecho, en suma, a “no tener que rendir cuentas a nadie de sus motivos y objetivos, a llenar sus días y sus horas de la manera más acorde con sus inclinaciones y fantasías”.
Buena parte de la historia contemporánea se entiende por la pugna entre esas dos concepciones de la libertad. La positiva, entendida como participación activa en la cosa pública, y la negativa, empeñada en definir un espacio de independencia individual ante la comunidad o incluso ante el Gobierno legítimo. Desde esta última, la participación en los negocios públicos, así como la libertad de expresión o la propiedad, sólo pueden desarrollarse y florecer ancladas en la construcción (legal) de un espacio privado, inviolable por definición, frente a “la voluntad arbitraria de uno o de varios individuos”. El elitismo del liberalismo decimonónico reconoce a los hombres la plenitud de los derechos civiles mientras reserva sólo a unos pocos los derechos políticos; el peligro de nuestras democracias es que el repliegue hacia lo privado se haga a costa de una letal falta de atención, vigilante y activa, hacia los asuntos colectivos, que la ciudadanía olvide que para conseguir la independencia individual es necesaria una actividad constante y vigilante en el ámbito público.
La libertad de los modernos se construyó sobre una idea de privacidad que no siempre había estado ahí, que no procedía del orden natural de las cosas (aunque así fuese presentada), sino de un largo proceso que requirió altas dosis de actividad política y la elaboración de un entramado legal capaz de crear ese espacio privado que hoy nos es tan caro y nos parece tan natural.

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